La ley Orgánica de Educación, a instancias de la Unión Europea, ha introducido un nuevo elemento en el currículum, las competencias básicas. La orientación y la acción tutorial puede contribuir a la adquisición de algunas de ellas como son: competencia social y ciudadana, competencia para aprender a aprender, tratamiento de la información y competencia digital y autonomía e iniciativa personal. La labor tutorial, habrá de contribuir, a alcanzar la realización personal, favorecer la inclusión social, ejercer la ciudadanía activa, hacer frente a la vida adulta y ejercer un aprendizaje permanente.
La acción tutorial es en este sentido un elemento inherente a la función docente y al currículo. Con ello afirmamos que todo docente está implicado en la acción tutorial y la orientación, con independencia de que de manera formal haya sido designado tutor/a de un grupo de alumnos/as. El hecho de que la interacción entre el profesorado y el alumnado, en esto se basa en gran medida la oferta curricular, no se establezca tan sólo sobre conocimiento o procedimientos, sino también sobre valores, normas y actitudes, reclama necesariamente el desarrollo de la función tutorial.
Los contenidos curriculares efectivamente desarrollados en el aula, las formas de evaluar, el tratamiento dado a las dificultades de aprendizaje, el tipo de relaciones entre maestros y maestras con los niños y niñas, no sólo van a determinar los resultados tradicionalmente académicos los de adquisición de un bagaje de conocimientos; van a configurar, además, el fondo de experiencias a partir del cual todo alumno construye su autoconcepto, elabora sus expectativas, percibe sus limitaciones y afronta su desarrollo personal y su proyecto de vida en un marco social.
Por otra parte, la acción docente no se ejerce sólo en relación con el grupo, ni tiene lugar exclusivamente entre las paredes del aula. La personalización de los procesos de enseñanza y aprendizaje, la atención individualizada a las necesidades educativas especiales, la preocupación por las circunstancias personales, el apoyo ante la toma de decisiones sobre el futuro, la conexión con la familia y con el entorno productivo y cultural, y, en general, el trato particular que se establece entre los maestros y maestras y los alumnos y alumnas contribuyen sobremanera a que las experiencias escolares y extraescolares puedan ser integradas progresivamente, convirtiéndose en elementos de referencia de proyectos de vida cada vez más autónomos.
Los cometidos anteriores forman parte del repertorio de funciones de cualquier maestra o maestro. Compete a todo profesor, al equipo docente y a la institución escolar en su conjunto el logro de los objetivos educativos implícitos en esas funciones. Es necesario superar una visión simplista de la tutoría y reintegrarla en la función docente con criterios de corresponsabilidad y cooperación, que profundicen en el proyecto educativo del equipo docente en términos de un compromiso colectivo con la educación y orientación del alumnado.
Es claro que la orientación y la acción tutorial forman parte de la función docente, teniendo como metas orientar al alumnado en su proceso de aprendizaje y desarrollo personal, coordinar la acción educativa y el proceso de evaluación llevados a cabo por el conjunto del profesorado de cada equipo docente, establecer relaciones fluidas y mecanismos de coordinación con las familias del alumnado, y contribuir a la prevención e identificación temprana de las dificultades de aprendizaje, coordinando la puesta en marcha de las medidas educativas pertinentes tan pronto como estas se detecten.